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En relación al artículo que publicamos en Law&Trends, explicando como el Registro de Voluntades Anticipadas de Andalucía incumple la normativa de protección de datos personales, al no impedir el acceso de profesionales sanitarios a los testamentos vitales de pacientes en cuyo proceso asistencial no participan, y por tanto permitiendo accesos ilegítimos e incumpliendo las medidas de seguridad, el Diario LA RAZÓN contrastó este estudio, llevando a portada de su edición andaluza la noticia: «El registro de testamentos vitales «incumple» la ley de protección de datos».

Fuimos consultados por el periódico sobre algunos extremos resaltados en el estudio, y posteriormente se trasladaron las conclusiones a la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, que en su respuesta no hace más que confirmar lo ya apuntado, y es que existe un control de quién accede legítima o ilegítimamente a los testamentos vitales, sin que se impida a priori el acceso por quien no está autorizado, por tanto, no se implanta la medida de seguridad obligatoria y no se evita la comisión de posibles ilícitos, lo que acarrearía una responsabilidad para el facultativo, como bien dice la Consejería, pero también para la Dirección General dependiente de la Consejería de Salud y responsable del Registro, extremo que omite la Administración, sin necesidad siquiera de que se produzca el acceso ilegítimo, solo por el  mero hecho de no implantar la medida de seguridad correspondiente.

 

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